Gratificación diciembre: Conoce cuándo la recibirás

La Gratificación diciembre. Es entregada a los trabajadores de la actividad privada inscritos en planilla. Un pago por Navidad, correspondiente a un sueldo más una bonificación Extraordinaria. Del 9% por el pago de EsSalud.

¿Cómo puedo calcular la entrega del monto de la gratificación?

De acuerdo con información del MTPE, los trabajadores de la empresa privada reciben Gratificación, pero deben tener al menos un mes trabajando en la empresa. A continuación te contamos cómo puedes calcular el monto de tu gratificación:

Por ejemplo: el trabajador ingresó el 1 de octubre del 2023 y recibe una remuneración mensual de S/ 1,000 . Para calcular cuánto te corresponde por mes, debes dividir el sueldo entre 6 (1 000/6=S/ 166.66). Como tiene 3 meses trabajando (octubre, noviembre, diciembre), este valor se multiplicará por 3 (S/ 166.66 x 3); y se obtiene como resultado S/ 499.98.

Adicional a ello, a esta cantidad hay que sacarle el 9% de la bonificación extraordinaria, que es S/ 44.54. Entonces, el monto total a pagar será de S/ 539.52.

¿Cuánto puede recibir un trabajador con su sueldo de S/ 2,500 con asignación familiar que ingresó el 15 de agosto?

Para calcular el monto de la Gratificación. Se debe tomar en cuenta el tiempo de un trabajador en una empresa. Pues se considera el mes completo calendario trabajado. Por lo tanto, si la persona ingresó el 15 de agosto. Este mes no se le considerará para el cálculo. Solo setiembre, octubre, noviembre y diciembre.

Por ejemplo:

sueldo 2 500 + 102.5 (asignación familiar)= 2, 602.5 (sueldo computable)

Para sacar el valor por mes: 2,602.5/6 = 433.75

A los S/ 1,735 se le saca el 9% de la bonificación extraordinaria (S/ 156.15). Por lo tanto, el monto a pagar será de S/ 1891.15.

¿Hasta cuándo puedo recibir el pago de la gratificación?

Ante el panorama de la recesión económica, diciembre. Se muestra como uno de los meses más esperados del año para los trabajadores del sector privado. Y no solo por fiestas navideñas, sino por el pago de la Gratificación ordinaria. Que todas las empresas están obligadas a realizar, conforme a la Ley 27735. Y su reglamento (Decreto Supremo 005-2002-TR).

Al respecto, el asociado del estudio Miranda & Amado, Julio Villalobos Huerta. Recuerda que los empleadores tienen hasta el 15 de diciembre. Para abonar este beneficio a los trabajadores. Que se encuentren debidamente registrados en planilla. Así como una Bonificación Extraordinaria del 9% correspondiente del pago de EsSalud. O de 6,75% en caso estén afiliados, adicionalmente, a una empresa prestadora de salud (EPS); es decir, contar con seguro privado.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *